Convenio Europeo sobre Protección de Animales de Compañía

por | Sep 28, 2015 | Derecho animal, Sin categoría | 4 Comentarios

Bulldog_portrait_FrankEl 25 de Septiembre de 2015 el Gobierno de España dio su visto bueno en cuanto a la aprobación e incorporación de España al Convenio Europeo para la Protección de Animales de Compañía.

El Ministro de Medio Ambiente comentó que una vez  ha sido aprobado el Convenio por el Gobierno, éste será  trasladado a las Cortes  Generales para recibir su respaldo.

El Convenio Europeo tiene como miembros a 17 estados, por lo que España supondría el 18 estado miembro inscrito a éste.

La finalidad de este Convenio es reconocer que el hombre tiene la obligación moral de respetar a todos los seres vivos teniendo en cuenta la especial relación entre  los seres humanos y los animales domésticos.

¿Qué cambios supondría la entrada en vigor de este Convenio Europeo?

  • En España quedarán prohibidas todas las intervenciones quirúrgicas que persigan modificar la apariencia de los animales o conseguir un objetivo que no sea curativo. Es decir, quedarán prohibidas prácticas como corta la cola y las orejas, seccionar las cuerdas vocales y extirpar las garras y los dientes.

Estas prácticas han sido muy comunes, sobre todo cortar las orejas y el rabo a los perros para mantener la estética de muchas razas, como por ejemplo el bóxer,  doberman, pitbull en otros.

 

  • Las mascotas no podrán ser utilizadas en publicidad, entretenimiento, exposiciones, concursos y eventos similares a no ser que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 9 del Convenio.

 

 

  • Los dueños de los animales serán los responsables de la salud y del bienestar de los mismos.

 

  • Además España tendrá que  aplicar técnicas o métodos para gestionar todos aquellos animales vagabundos.

 

  • Los menores de 16 años necesitarán del consentimiento de sus tutores legales para poder adoptar o comprar un animal doméstico.

 

  • En cuanto a la vida de los seres vivos en peligro de extinción, España también tendrá que establecer medidas para su protección y preservación.

 

  • El Convenio Europeo en su artículo 7 que ningún animal o mascota deberá ser entrenado de manera que sea perjudicial para su salud y bienestar, incluyendo lo que le obligue a superar sus habilidades o su fuerza natural o el uso de ayudas artificiales que causen lesiones o dolor innecesario, sufrimiento o angustia.

Por último debemos atender a que cada Comunidad Autónoma tendrá la competencia para prohibir o no estas prácticas.  Hoy en día podemos decir que aplican estas prohibiciones Aragón, Andalucía, Cataluña, Madrid, Comunidad Valenciana, Murcia y Navarra.

 

 

 

 

4 Comentarios

  1. castelar

    Buenas,se sabe cuando entrará en vigor?

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    • Comar Abogados

      Buenas tardes, en primer lugar gracias por su consulta.

      La adhesión de España a este Convenio se encuentra en tramitación, más concretamente en la última fase. El Gobierno de España aprobó la adhesión al convenio el 25 de septiembre de 2015 y lo remitió a las Cortes Generales para que dieran su visto bueno. Una vez finalizado este trámite el Convenio entrará en vigor en España.

      En cuanto al tiempo exacto, no le se decir con precisión puesto que depende de la celeridad con la que se tomen el tema en las Cortes Generales.
      Espero haberle sido de ayuda y no dude en contactar con nosotros en cualquier momento.
      Un Saludo

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  2. ana

    Hola ha entrado ya en vigor?
    En Extremadura existe esta norma prohibitiva?
    Gracias

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    • o10media

      Buenos días Ana, en primer agradecerle su consulta. Estamos todavía a la espera de la decisión de las Cortes Generales.
      Muchas Gracias, un saludo

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