Estar embarazada y esperar un bebé es una noticia estupenda y más en la actualidad. No obstante, a pesar de toda la alegría que aporta, para la gran mayoría de las mujeres que están embarazas esta etapa está llena de incertidumbre y miedos y más si cabe hoy en día a causa de la situación de pandemia que estamos viviendo.
Esta situación de pandemia provoca no solo el miedo a estar enfermas o que enfermen los bebés, sino también que en algunos casos puedan reducirse alguno de los derechos que se tienen estando embarazada y no se sea informada correctamente.
Por ello y como sabemos que la mayoría de ciudadanos son desconocedores de los derechos que se tienen estando embarazada y, sobre todo, los que se tienen a la hora del parto, a continuación os los explicamos y os los damos a conocer.
Ser conocedores de los derechos que se tienen en todos los campos y más en sanidad y en concreto cuando se está embarazada no solo te ayudarán a que se esfumen tus temores e incertidumbre, sino también a tener constancia de la responsabilidad tanto tuya como de los médico.
Derecho a la información
El primero de los derechos que debemos explicar es el derecho a la información, el cual está recogido en la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
En concreto, dicha Ley establece que cualquier persona tiene derecho a conocer, con motivo de cualquier actuación en el ámbito de la salud, toda la información sobre la misma. Es decir, que toda persona, en este caso, la mujer embarazada, tiene derecho a conocer toda la información veraz acerca de su salud o sobre el tratamiento o práctica que se le tenga que llevar a cabo para que ella misma pueda tomar sus propias decisiones de forma propia y libre.
Dicha información se tendrá que proporcionar de forma verbal y se deberá dejar constancia en la historia clínica. Asimismo, esta información, como mínimo, tendrá que versar sobre la finalidad y la naturaleza de cada intervención, sus riesgos y sus consecuencias.
En cuanto a la persona que es titular de este derecho, ésta es la propia mujer embarazada, aunque en algunos casos también se puede dar dicha información a los familiares vinculados a ella, siempre y cuando exista consentimiento expreso o tácito por parte de la paciente.
A su vez, toda mujer embarazada tendrá derecho a que se respete su voluntad de no ser informada.
Derechos a decidir
Otro de los derechos que recoge la citada Ley es el derecho a decidir, y es que toda mujer embarazada y todo paciente tiene derecho a decidir sobre su salud. En concreto, la legislación establece la obligación de requerir el consentimiento informado previo.
Este consentimiento informado consiste en que una vez se haya dado la información veraz y comprensible a la embarazada sobre su salud y/o sobre el tratamiento que se va a llevar a cabo, la paciente podrá decidir si quiere o no someterse a ello.
Este consentimiento normalmente se realizará de forma verbal, aunque en algunos casos, como por ejemplo intervención quirúrgica, procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasores, entre otros, será obligatorio que se realice por escrito.
Asimismo, la paciente tiene la posibilidad de revocar el consentimiento en cualquier momento y a negarse a realizar el tratamiento indicado.
Autor: Yanalya
Derecho a elegir
Otro derecho muy importante a tener en cuenta y que muchas de las mujeres embarazadas desconocen es el derecho a elegir.
En concreto, este derecho permite a la mujer poder decidir libremente, después de ser conocedora de la información necesaria, entre las opciones clínicas que se disponen en cada caso. Además, los médicos están obligados a respetar la decisión de la mujer, tal y como establece el Código de Ética y Deontología Médica de la Organización Médica Colegial.
Dentro de todas las elecciones que puede realizar una mujer embarazada en el momento de su parto podemos señalar las siguientes, entre otras:
- Se podrá elegir la postura que se prefiera para parir
- Lugar donde dar a luz
- Que tipo de monitorización se prefiere, si continuada o no
- Ponerse la epidural o no
- Si queremos que haya estudiantes durante el parto o no
- Si quieres estar acompañada o no.
- Si deseas utilizar elementos como pelotas de pilates
- Si deseas realizar piel con piel
Protección a la intimidad
Toda persona tiene derecho a su intimidad en todos los ámbitos, pero en el caso de la salud y en concreto en un parto, todavía más, y es que se trata de un procedimiento que se lleva a cabo en los órganos genitales de la mujer y en el que se da a luz a ser humano, por lo que los datos de la paciente y del bebé tienen que tratarse de forma muy restrictiva.
Es decir, que los datos de la mujer embarazada, de su bebé y de todos los tratamientos que se han llevado a cabo en el parto tienen que ser confidenciales y no se puede acceder a ellos sin la autorización pertinente.
Autor: wavebreakmedia_micro
Protección a la dignidad
La dignidad de la paciente también está protegida y es algo que debemos de tener claro. En concreto, podemos definir la dignidad como el derecho de toda persona a ser considerado sujeto de derechos y a no ser utilizado como un objeto para los fines de otros, por muy loables que sean esos fines.
Puede suceder que las practicas que nos realicen, como puede ser lo tactos o los fórceps, entre muchos otros, no solo tengan la finalidad terapéutica sino también formativa. Pues bien, la Ley General de Sanidad establece que el paciente tiene derecho a ser advertido de si los procedimientos de pronóstico, diagnóstico y terapéuticos que se le apliquen pueden ser utilizados en función de un proyecto docente o de investigación que, en ningún caso, podrá comportar peligro adicional para su salud.
A su vez, en todo caso será imprescindible la previa autorización y por escrito del paciente y la aceptación por parte del médico y de la Dirección del correspondiente Centro Sanitario.
Plan de parto
Toda mujer embarazada tiene derecho a redactar un plan de Parto. El plan de parto es un documento donde se recoge la voluntad de la paciente, en cuanto a sus preferencias en el parto.
En concreto, en dicho documento se puede expresar, una vez que la madre se ha informado de todo bien, si está de acuerdo o no o tal vez en las diferentes intervenciones que se llevan normalmente a cabo en el parto, como por ejemplo, si se quiere la anestesia epidural o por ejemplo para el caso que se tenga alguna necesidad especial en concreto.
Este Plan de Parto tiene que ser seguido y respetado por todos los médicos.
Autor: rawpixel.com
Derecho a identificar a los asistentes
Algo muy interesante y que no lo saben muchas pacientes es que se tiene derecho a que los profesionales sanitarios que nos atienden nos proporcionen sus datos, nombre, titulación y especialidad.
Por lo que si en algún momento tienes esa inquietud puedes solicitarlo.
En caso de que alguno de estos derechos te sean vulnerados, no lo dudes y ponte en contacto con nosotros, para poder hacerlos valer. !Estaremos encantados de atenderte y ayudarte!
Licenciada en derecho por la Universidad de Zaragoza.
Master en práctica jurídica por CEIJ
Especialista en Derecho Animal y en Protección de Datos
Buenos días.
Con respecto a los derechos durante el parto, ¿qué ocurre en la actual situación por COVID? ¿El trato si no te has vacunado? ¿El piel con piel en tal caso te puede ser negado?
Gracias