Abogados divorcios en Zaragoza
Contamos con un equipo de abogados especializados en el Área de Derecho Civil que le proporcionarán el mejor asesoramiento y defensa jurídica en caso de quererse divorciar o separar.
Divorcios
Problemas cotidianos en nuestras vidas
Situaciones comunes en la vida de una persona hacen que nuestras circunstancias cambien y decidamos divorciarnos o separarnos de nuestra pareja.
Esta decisión conlleva numerosos cambios no solo patrimoniales, sino también personales, especialmente en caso de tener hijos en común.
Comar Abogados se encarga de resolver cualquier tipo de cuestión derivada de este ámbito y lo hace a través de un equipo de abogados de familia.
Le asesoraremos tanto de manera preventiva para evitar cualquier tipo de conflicto, así como proporcionándole la mejor solución para que su divorcio sea rápido y lo menos lesivo posible, dado que tenemos presente que este tipo de procedimientos son muy duros para la pareja que está formalizando su ruptura como para los familiares.
Ofrecemos un trato cercano, profesional y eficiente, por lo que si tiene alguna duda o necesita consultar alguna cuestión, no lo piense y póngase en contacto con nuestro equipo de profesionales, que estarán encantados de atenderle y tramitar su divorcio o separación.
MUTUO ACUERDO EXPRESS
CONTENCIOSO
PATERNOFILIALES
Diferencia entre separación y Divorcio
Cuando una pareja decide romper su relación, normalmente es una decisión que ha sido tomada a conciencia y después de una gran reflexión. No obstante, después de tomar esta decisión, quedan pendiente tomar otras, como es el caso de decidir si divorciarse o separarse.
La diferencia entre separación y divorcio a nivel procesal prácticamente no existe, ya que se tramita de igual manera que el divorcio. No obstante, la diferencia recae en que en caso de separación si la pareja se reconcilia vuelve a tener un vínculo matrimonial, mientras que en el caso del divorcio se necesitaría casarse de nuevo.
Asimismo, la separación no te permite que puedas casarte con otro persona, ya que para eso será necesario instar un divorcio.
Si no se tiene claro por cuál de estas opciones decidirse, nuestros especialistas en derecho de familia estarán encantados de atenderle y resolverle cualquier cuestión al respecto.
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Requisitos y tipos de Divorcio
El divorcio se introdujo en nuestra legislación con la modificación del Código Civil en 1981, pero éste obligaba que para poderse divorciar primero había que instar una separación, lo que obstaculizó bastante poder llevarlo a cabo. No obstante, en 2005 se eliminó este requisito, por lo que hoy en día para poder divorciarse solo hace falta que uno de la pareja quiera hacerlo y que haya transcurrido un plazo de 3 meses desde que se hizo efectivo el matrimonio.
Algo que debemos saber es que nuestra legislación recoge varias opciones para tramitar el divorcio, y estas son las siguientes:
Divorcio de Común Acuerdo
El Divorcio de Común Acuerdo, o también conocido como Divorcio Express, es un divorcio que actualmente es escogido por numerosas parejas debido a las características que ofrece.
La característica principal del Divorcio de Mutuo Acuerdo es que tal como su nombre indica, es un divorcio en el cual los cónyuges se ponen de acuerdo en divorciarse, así como en los aspectos que tienen que ver con sus hijos.
A su vez, otra de las características de este Divorcio es que es muy rápido, tanto que en aproximadamente un mes puedes estar divorciado, no hay vista de juicio, es menos lesivo que el contencioso y es más barato, puesto que la Ley permite que la representación y asistencia letrada de los cónyuges pueda ser la misma para ambos.
Divorcio Contencioso
El divorcio contencioso se da cuando la pareja no se pone de acuerdo, bien en divorciarse, o en los elementos esenciales que se tienen que regular en caso de tener hijos en común o bienes en común.
Este divorcio conlleva un procedimiento judicial mucho más largo que el divorcio de común acuerdo, pues aparte de tener que presentar una demanda o una contestación a la demanda contra el otro cónyuge, lleva aparejado juicio, por lo que es fundamental estar bien asesorado para conocer los derechos que nos amparan a la hora de divorciarnos.
Nuestro despacho puede poner a tu disposición un abogado especialista en divorcios contenciosos para tramitar su divorcio o para resolver cualquier clase de duda en este ámbito.
Divorcio Notarial
Otro divorcio, que además es reciente, es el divorcio notarial, el cual fue introducido por la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria. Este divorcio permite que los cónyuges puedan instar el divorcio o separación de mutuo acuerdo ante un notario.
Este tipo de Divorcio solo se podrá dar en cónyuges que no tengan hijos en común y su característica principal es que es más rápido que cualquier divorcio, ya que se puede tener el divorcio realizado en apenas unos días.
Tramites para un Divorcio
Independientemente del divorcio que se escoja, es obligatorio que los cónyuges estén representados por abogado y procurador. Esto es así no solo para poder asesorarse de forma correcta, sino que además es necesario en el procedimiento judicial.
Trámites para un divorcio
Independientemente del divorcio que se escoja, es obligatorio que los cónyuges estén representados por abogado y procurador. Esto es así no solo para poder asesorarse de forma correcta, sino que además es necesario en el procedimiento judicial.
Divorcios sin hijos
En la mayoría de casos, cuando una pareja decide dejar la relación y no tienen hijos en común , suele ser todo más fácil, puesto que el divorcio suele tramitarse a través de un procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo.
Tal y como hemos dicho este divorcio es muy rápido y económico, ya que ambos cónyuges suelen estar representados por el mismo abogado.
En estos caso, Comar Abogados se reúne con la pareja para informar sobre este procedimiento, solicita los datos necesarios para tramitarlo, prepara toda la documentación y lo presenta ante el juzgado.
Una vez presentada dicha documentación y aproximadamente en un mes se da fecha para ratificar el divorcio ante el juzgado.
Divorcios con hijos
En el caso de un matrimonio con hijos en común la situación es más delicada y son solo en casos muy concretos en los que ambos progenitores están de acuerdo y pueden acudir al divorcio express, derivando la mayoría de los casos a un divorcio contencioso.
Ya sea un divorcio u otro, en caso de tener hijos en común se debe establecer un convenio regulador en el que se regulen varios aspectos relativos a éstos. Como sabemos que un divorcio es un tema sensible que puede afectar a los menores, nuestros especialistas tratan la situación siempre pensando en ellos y en su interés.
Guarda y custodia
Uno de los aspectos principales que se deben regular en el convenio regulador es la Guarda y Custodia, que consiste en la convivencia, cuidado y asistencia de los hijos menores de edad.
En nuestro Código Civil se establecen dos tipos de guarda y custodia, la individual o la compartida. La primera consiste en que la compañía diaria de los menores es para uno de los progenitores mientras que el otro tiene un régimen de visitas. Sin embargo, la custodia compartida consiste en que ambos progenitores están con los menores un tiempo igualitario.
Pensión alimentos
Otro de los aspectos que se deben de regular en el convenio regulador es la existencia o no de una pensión de alimentos a favor de los hijos en común.
Para establecer la cuantía de esta pensión se suele tener presente las necesidades de los hijos, el número de hijos y el patrimonio de ambos progenitores.
Gastos ordinarios y gastos extraordinarios
Relacionado con la pensión de alimentos están los gastos ordinarios o extraordinarios. Estos gastos son aquellos que se tienen que hacer cargo los progenitores.
Los gastos ordinarios constituyen la pensión de alimentos y son aquellos gastos previsibles, periódicos y necesarios para el sustento de los hijos, tales como la alimentación, vestimenta, asistencia médica o educativos.
En cuanto a los gastos extraordinarios, son aquellos que no están incluidos en la pensión de alimentos, y lo que tienen que hacerse cargo ambos progenitores. Normalmente se establece que estos gastos se paguen al 50% por ambos progenitores, aunque dependerá ciertamente de sus ingresos.
Atribución del uso de vivienda
Otro de los aspectos que se recogen en el convenio regulador es el de quién se queda el uso de la vivienda en el divorcio. Pues bien , en caso de custodia compartida, normalmente el uso de la vivienda familiar se atribuirá al progenitor que por razones objetivas tenga más dificultad para el acceso a un vivienda.
Por el contrario en caso de custodia individual, el uso de la vivienda familiar se otorgará al cónyuge que se le haya atribuido la custodia.
No obstante esta atribución deberá tener una limitación temporal, la cual dependerá de muchos factores, tales como la edad del menor o la economía de los cónyuges, entre otros.
Divorcio sin/con hijos y bienes en común: Liquidación de la sociedad conyugal
Normalmente, salvo que los cónyuges hayan realizado una separación de bienes mediante capitulaciones matrimoniales ante el Notario, el régimen económico matrimonial que rige por excelencia es el de gananciales.
Por tanto, a la hora de llevar a cabo un divorcio, ya sea con hijos o sin hijos, lo más habitual es realizar una liquidación de esta sociedad de gananciales, en la que se repartan entre los cónyuges los bienes gananciales que existan fruto del matrimonio, aunque esta liquidación no es obligatoria realizarla a la vez que el divorcio, aunque si recomendable, pudiéndose incluso realizar en un momento posterior
¿Qué es el régimen económico matrimonial de gananciales?
A través del régimen de gananciales o sociedad de gananciales ambos cónyuges hacen comunes las ganancias o beneficios obtenidos por cualquiera de ellos de forma independiente
¿Qué bienes son gananciales?
Tal y como establece el Artículo 1.347 del Código Civil, son bienes gananciales:
- Los obtenidos por el trabajo o industria
- Los frutos, rentas o intereses que produzcan tanto los bienes privativos como los gananciales
- Los adquiridos a título oneroso a costa del caudal común
- Los adquiridos por derecho de retracto de carácter ganancial
- Las empresas y establecimientos fundados por cualquier de los cónyuges a expensas de los bienes comunes.
¿Cómo se liquida la sociedad de gananciales?
Para poder liquidar la sociedad de gananciales y realizar el correspondiente reparto de los bienes es necesario realizar un inventario, en el que se hará constar tanto el activo como el pasivo de la sociedad conyugal.
En concreto, el activo estará formado por los bienes gananciales existentes en el momento de la disolución de la sociedad conyugal, teniéndose que valorar económicamente los mismos. En cambio, el pasivo estará formado por las deudas que tenga pendiente la sociedad conyugal con terceros o incluso con los propios cónyuges de forma individual.
Una vez realizado dicho inventario, el valor del activo se destina para satisfacer las deudas recogidas en el pasivo, dividiéndose lo que sobre entre los cónyuges al 50%. Este resultado podrá ser positivo o negativo, teniendo en este último caso que responder los cónyuges con su dinero privativo de las deudas que tenga pendientes la sociedad conyugal.
Como vemos disponer de un buen abogado que nos asesore a lo largo del procedimiento de divorcio es esencial para poder conseguir nuestros intereses, por ello Comar Abogados pone a tu servicio abogados especialistas en derecho de familia.
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